Carlos Jaico, aspirante a la presidencia por Perú Moderno, interpuso un recurso legal ante el Jurado Electoral Especial (JEE) cuestionando la candidatura de César Augusto Astudillo Salcedo al Senado dentro de las filas fujimoristas. El objetivo de esta impugnación es invalidar la totalidad de la nómina senatorial que el partido naranja inscribió para los comicios de 2026.
El recurso judicial pone en tela de juicio la inscripción del exjefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en el proceso electoral que se desarrollará el próximo año.
En su solicitud formal, Jaico Carranza pide que se declare inadmisible la postulación de Astudillo y que se invalide de manera oficiosa la nómina completa de aspirantes al Senado por circunscripción electoral única nacional que inscribió dicha organización política. De acuerdo con el impugnante, existen irregularidades en el proceso de nombramiento de candidatos invitados que anularían el listado completo presentado ante las autoridades electorales.
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⚖️ Argumento central sobre competencias estatutarias
La impugnación argumenta que los estatutos de Fuerza Popular autorizan a su lideresa, Keiko Fujimori, para nombrar candidatos, pero no le confieren la atribución explícita para determinar su ubicación dentro de la nómina. El escrito sostiene que el puesto número cinco asignado a Astudillo fue establecido por un órgano sin competencia para ello, configurando una vulneración a la Ley de Organizaciones Políticas y a la normativa del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
El escrito señala que el nombramiento del militar retirado se efectuó con el propósito de completar la nómina y que otros aspirantes invitados se hallan en la misma condición jurídica. La impugnación sostiene que la nómina fujimorista está incompleta por no cumplir las reglas de democracia interna, circunstancia que el reglamento de inscripción de candidaturas clasifica como imposible de subsanar.
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📋 Procedimiento legal y plazos establecidos
Este mecanismo se fundamenta en la prerrogativa de cualquier ciudadano con derechos civiles vigentes para objetar inscripciones de aspirantes dentro de los tres días calendario siguientes a su difusión.
Luego de interpuesto el recurso, el JEE debe comunicar al representante legal del partido afectado para que presente sus argumentos de defensa en el término de un día calendario.
⏰ Cronograma electoral y resolución de impugnaciones
El organismo electoral cuenta con tres días calendario para pronunciarse sobre la tacha, después de lo cual las partes pueden presentar un recurso de apelación ante el pleno del JNE.
Conforme al calendario electoral en curso, para el 14 de marzo del 2026 todas las nóminas de candidatos deben quedar registradas de manera definitiva luego de resueltas las observaciones e impugnaciones.
Foto crédito: Fuerza Popular
