Gobierno destituyó a María Jara Risco como presidenta de la ATU

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El gobierno central dejó sin efecto las funciones de la María Esperanza Jara Risco como presidenta del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) para Lima y Callao y designó a José Aguilar Reátegui en su reemplazo.

Mediante la Resolución Suprema 009-2023-MTC, publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, se dio por concluido el mandato de Jara como miembro y presidenta del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) para Lima y Callao.

En la misma edición legal, se publicó también la Resolución Suprema 010-2023-MTC en la que designar al señor José Aguilar Reátegui como miembro y presidente del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) para Lima y Callao, conforme a la propuesta del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

¿Qué es la ATU?

La Autoridad de Transportes Urbano para Lima y Callao fue creada por Ley 30900, Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Decreto Supremo 003-2019-MTC, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao y modificatorias.

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con competencia para planificar, regular, gestionar, supervisar, fiscalizar y promover la eficiente operatividad del Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao.

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Su objetivo es lograr una red integrada de servicios de transporte terrestre urbano masivo de pasajeros de elevada calidad y amplia cobertura, tecnológicamente moderno, ambientalmente limpio, técnicamente eficiente y económicamente sustentable.

¿Cómo está conformada la ATU?

En el artículo 10 de la Ley 30900, se estableció que la ATU es dirigida por un Consejo Directivo conformado por ocho (8) miembros, designados por un periodo de cinco (5) años, mediante Resolución Suprema refrendada por el/la Ministro/a de Transportes y Comunicaciones, integrado entre otros, por dos (2) miembros propuestos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, uno de los cuales lo preside.

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En el artículo 12 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao, aprobada por Decreto Supremo 003-2019-MTC, modificado por Decreto Supremo 007-2023-MTC, se estableció que la pérdida de la confianza es una de las causales de vacancia o de remoción del cargo de los miembros del Consejo Directivo y del (de la) presidente (a) Ejecutivo(a).

La presente Resolución Suprema dar por concluida la designación de la señora María Esperanza Jara Risco como miembro y presidenta del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao, dándosele las gracias por los servicios prestados.

La norma es refrendada por la presidenta de la República, Dina Boluarte, y la ministra de Transportes y Comunicaciones, Paola Lazarte Castillo.

ANDINA