El Gobierno del Perú expresa su más firme y enérgica protesta respecto a las declaraciones del Gobierno de Colombia con relación a los derechos soberanos y actos de jurisdicción que ejerce legítima y legalmente el Perú de manera pública y permanente hace más de un siglo sobre la integridad de su territorio nacional.
El Ministerio de Relaciones Exteriores informa señala que el Pleno del Congreso de la República del Perú aprobó por unanimidad el pasado 12 de junio la creación del nuevo distrito de Santa Rosa de Loreto, en uso de las potestades y atribuciones que le confiere la Constitución Política del Perú, y el 3 de julio último se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley 32403, cuyo artículo 2 dispone la “creación del distrito de Santa Rosa de Loreto en la provincia de Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto, con su capital el pueblo de Santa Rosa”.
Dicha circunscripción territorial se encuentra bajo la soberanía y jurisdicción de nuestro país, de conformidad con los límites políticos internacionales establecidos en el Tratado de Límites y Libre Navegación Fluvial entre el Perú y Colombia, del 24 de marzo de 1922, y los trabajos demarcatorios de la Comisión Mixta Demarcadora de Límites.
El Gobierno del Perú, mediante la Nota RE (VMR) 6/116 del pasado 4 de julio, ha rechazado contundentemente los términos contenidos en las notas S-GFTC-25-21238 del 20 de junio y S-DVRE-25-010505 del 3 de julio del Gobierno colombiano, oportunidad en la cual reafirmó los legítimos derechos de soberanía sobre la integridad de nuestro territorio nacional.
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A dicho respecto se tiene a bien precisar que el pueblo de Santa Rosa es parte integrante de la isla peruana de Chinería, asignada al Perú en 1929 por la referida Comisión Mixta Demarcadora y que está sometida a su soberanía y jurisdicción nacional, por encontrarse, además, al oeste del límite internacional peruano-colombiano, establecido por el thalweg del río Amazonas hasta la latitud determinada como límite entre Colombia y Brasil (señalada por el Hito 1995-1) lo que ha sido reafirmado al Gobierno de Colombia, de manera permanente, en diversas oportunidades.
De otra parte, es importante señalar, agrega la cancillería, que el Protocolo de Amistad y Cooperación entre la República del Perú y la República de Colombia, y Acta Adicional, suscrito en Río de Janeiro, el 24 de mayo de 1934, reafirmó los límites establecidos en el tratado de 1922; asimismo, su “Acta Adicional” acordó, entre otros aspectos, “la libertad de navegación y de tránsito” entre los territorios fluviales de ambos países en las cuencas del Amazonas y del Putumayo, lo que el Perú cumple rigurosamente.
El Perú, fiel a su vocación de cumplir respetuosa y rigurosamente con sus obligaciones internacionales, y de acuerdo con su vocación pacífica y de integración con sus países vecinos, se conduce con estricto apego al derecho internacional y a los tratados bilaterales vigentes, lo cual reafirma en esta oportunidad, indica.
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