INPE aclara que visita de Roberto Sánchez a Barbadillo cumplió con marco legal

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El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) difundió un pronunciamiento oficial tras la visita del legislador Roberto Sánchez al penal de Barbadillo. La institución detalló los fundamentos legales que respaldan este procedimiento.

El INPE aclaró que el acceso se ejecutó bajo las normativas actuales. De acuerdo con el artículo 33 del Reglamento del Código de Ejecución Penal, los parlamentarios están facultados para ingresar a los centros de reclusión a cualquier hora y día, siempre que muestren su identificación y se encuentren en labores oficiales.

📋 Reglas claras para las visitas parlamentarias

La entidad aseguró que no se concedieron permisos particulares, ventajas ni tratos preferenciales al funcionario. Se siguió estrictamente el protocolo de seguridad, verificación de identidad y control habitual para cualquier legislador. Asimismo, se precisó que el congresista Roberto Sánchez entró sin acompañantes, impidiéndose el acceso de cualquier comitiva.

El documento señala que la gestión pública debe mantener una postura neutral y regirse por la objetividad. Negar la entrada a un parlamentario sin un sustento jurídico explícito implicaría una falta administrativa y sanciones para el personal a cargo. Por ello, la institución reiteró que carece de facultades para fijar trabas o condicionamientos que la legislación no contempla. De igual modo, rechazó haber aprobado o promovido eventos de carácter político en el interior del recinto, limitándose a velar por el orden y la seguridad.

⚖️ Competencias y separación de poderes

Finalmente, la dirección de las prisiones remarcó que no le corresponde juzgar el momento, el propósito o el posible aprovechamiento incorrecto de las atribuciones de un congresista. Si se sospecha que Roberto Sánchez actuó al margen de sus obligaciones, el análisis de este caso deberá quedar en manos del Parlamento o de los organismos jurídicos pertinentes.

El comunicado concluye explicando que la entidad está obligada a cumplir las directrices vigentes mientras no se modifiquen. El organismo autónomo no posee la capacidad de anular de forma unilateral las prerrogativas de un representante estatal, ya que esto vulneraría el equilibrio entre los poderes del Estado y sobrepasaría sus funciones.

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Foto Andina