El Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional estableció para el próximo 4 de noviembre la audiencia en la que se evaluará el pedido de comparecencia con restricciones y prohibición de salida del territorio nacional por un plazo de 120 días contra el suboficial de tercera de la Policía Nacional del Perú, Luis Michael Magallanes Gaviria, quien es investigado por un caso de homicidio.
La Fiscalía solicitó la medida restrictiva contra Magallanes al señalarlo como presunto responsable del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de homicidio simple de Eduardo Ruiz Sanz, conocido como Truko, durante la manifestación social del pasado 15 de octubre en el centro de Lima.
Fiscalía plantea imputación alternativa por homicidio culposo
De acuerdo con los autos y vistos del expediente, se incluye «la atribución alternativa por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio culposo agravado, en agravio de Eduardo Mauricio Ruiz Sanz».
Según la resolución judicial emitida por el Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria, la diligencia judicial está programada para el martes 4 de noviembre a las 11:00 de la mañana, y se llevará a cabo de manera presencial en las instalaciones de la Corte Superior Nacional, situada en la avenida Tacna 734, en el Cercado de Lima. Los involucrados en el proceso tienen la opción de conectarse de forma virtual, siempre que presenten una justificación escrita.
El órgano judicial «requiere al Ministerio Público cumplir con presentar los elementos de convicción que amparan su requerimiento, en el plazo de 48 horas».
Ministerio Público pide impedimento de salida del país a suboficial PNP Luis Magallanes
Suboficial fue liberado tras vencer plazo de detención preliminar
Durante la madrugada del 18 de octubre, el Poder Judicial ordenó siete días de detención preliminar para el suboficial de la PNP Luis Magallanes, mientras que rechazó la misma solicitud respecto al suboficial de la PNP Omar Saavedra.
El plazo de la medida de detención preliminar culminó el 23 de octubre de 2025, antes de las 4:40 de la tarde, sin que la Fiscalía haya presentado un requerimiento de prisión preventiva.
En consecuencia, corresponde disponer la inmediata libertad del procesado, «toda vez que la medida judicial ha vencido y no existen razones legales para mantener su privación de libertad, menos aun tratándose de una audiencia destinada a debatir restricciones que no afectan su libertad ambulatoria dentro del territorio nacional».
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