Ministerio de Justicia: Nueva Conciliatón Nacional 22, 23 y 24 de noviembre

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El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) realizará los días 22, 23 y 24 de octubre una nueva Conciliatón Nacional, con el objetivo de coadyuvar en la resolución de conflictos y controversias de manera rápida y gratuita.

Este evento, que se desarrollará de manera presencial y virtual, permitirá además dar a conocer los alcances y beneficios de la conciliación, mecanismo alternativo que permite resolver los conflictos y controversias de manera célere y a menor costo.

Las personas naturales y jurídicas que deseen participar en la Conciliatón Nacional, en primer lugar, deberán contactar con el centro de conciliación de su preferencia y comentarles su caso, para luego presentar una solicitud conjunta y los documentos necesarios, previa orientación de nuestros conciliadores.

Como siguiente paso, deben asistir, de manera presencial o virtual, a la audiencia programada en el marco de la Conciliatón. Los interesados pueden acceder al directorio de Centros de Conciliación del MINJUSDH en este enlace y elegir el de su preferencia.

Esta actividad es organizada por la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos del MINJUSDH. Las materias que pueden someterse a un proceso conciliatorio son pensión de alimentos, tenencia, régimen de visitas, desalojos, pago de deudas, indemnización y otorgamiento de escritura.

Asimismo, obligación de dar, hacer y no hacer; división y partición de bienes, incumplimiento de contrato, ofrecimiento de pago, modificación de contratos y problemas vecinales.

La conciliación extrajudicial es un mecanismo de solución de conflictos mediante el cual dos personas o más pueden resolver sus diferencias con la ayuda de un tercero, denominado conciliador, de una manera rápida, económica y efectiva. A través del diálogo, el conciliador facilita la comunicación entre las partes, lo que permite superar las diferencias y arribar a acuerdos que satisfacen a todos.

El acta de conciliación tiene valor de una sentencia. De incumplirse los acuerdos adoptados, será el Juez quien ordene su cumplimiento.

Fuente: Andina