No hay razones que justifiquen una decisión del TC a favor de Keiko Fujimori

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No veo una razón que pueda motivar o justificar una decisión del Tribunal Constitucional a favor de la libertad de Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular, porque el TC no es una cuarta instancia, subrayó Samuel Abad, exadjunto en Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo.

“Si la Corte Suprema ya resolvió el tema donde no ha debatido el tema de la libertad, sino el plazo, yo veo muy difícil romper esos argumentos, salvo que el TC se quiera convertir en una cuarta instancia. Yo creo, en principio, que es altamente improbable que haya razones que justifiquen una decisión favorable, porque ya la Corte Suprema se ha pronunciado sobre el tema de los requisitos”, subrayó en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.

Abad Yupanqui remarcó que el TC no puede revisar los argumentos de fondo de la decisión judicial, sino ver si se ha respetado el debido proceso. Recordó que el caso de Keiko Fujimori llegó a la Corte Suprema, y que no estuvo en discusión el tema “de si debería salir libre o no, sino sobre el plazo de la prisión preventiva”, que se redujo de 36 a 18 meses.

“A partir de eso, uno puede decir que toda la Corte Suprema o la mayoría no ha discutido tanto la detención, sino el plazo. ¿Cómo el TC va a ingresar a evaluar eso?, porque si lo hace sería el riesgo de que se convierta en una cuarta instancia, y el habeas corpus no es una cuarta instancia”, puntualizó.

“Salvo que encuentre un argumento especial nuevo, de verdad no veo una razón que pueda motivar una decisión favorable, porque el TC no es una cuarta instancia, y porque además se requiere una mayoría calificada determinada de cuatro votos, que no sé si exista”, apuntó.

Habeas corpus es excepcional

Indicó, en otro momento, que el habeas corpus tiene que ser absolutamente excepcional, sino se está desnaturalizando. Indicó que el máximo intérprete de la Carta Magna tendrá que evaluar los elementos del caso para ver si se justifica la prisión preventiva.

“Hay que tomar nota de que estamos hablando de un habeas corpus contra resolución judicial, y eso tiene que ser absolutamente excepcional. Para que se declare fundado un habeas corpus tiene que ser una agresión manifiesta, evidente, grosera, si no el habeas corpus debe ser rechazado. De lo contrario, todo va a terminar en el TC, y sería un absurdo”, argumentó.

“A lo largo de la historia del TC ha habido casos peculiares, debatibles. No creamos que el TC no se equivoca. […] Si uno revisa las estadísticas, lo más probable es que un habeas corpus contra resolución judicial sea rechazada, lo excepcional es que sea admitido y declarado fundado. Existen casos”, declaró.

No es argumento

Finalmente, consideró que no es un argumento válido el decir que, tras la disolución del Congreso, ya no hay posibilidad de obstaculización y que eso puede determinar una libertad. Insistió en que el TC debe analizar las resoluciones.

“No es un argumento. El habeas corpus es contra resoluciones judiciales, y lo que tiene que evaluar se centra en el expediente que viene del Poder Judicial, en el que la Corte Suprema ratificó la detención. Lo que revisa son las resoluciones y ver si se ha respetado el debido proceso, nada más”, apuntó.

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