El Ejecutivo formalizó hoy la ley, previamente aprobada por el Congreso, que otorga amnistía a integrantes de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, así como a miembros de los Comités de Autodefensa.
Esta medida beneficia a quienes enfrentan denuncias, investigaciones o procesos judiciales por delitos ocurridos durante su participación en el combate al terrorismo, abarcando el periodo entre 1980 y el 2000.
La legislación, oficializada a través del boletín de normas legales de El Peruano, especifica que sus efectos no se extienden a personas acusadas o procesadas por terrorismo o por ilícitos de corrupción de funcionarios. Estos individuos deberán seguir los procedimientos penales que les correspondan, según lo estipulado en las normativas vigentes.
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Adicionalmente, la ley establece una amnistía de tipo humanitaria para aquellos de 70 años o más que formaron parte de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú o los Comités de Autodefensa.
Este beneficio se aplica a quienes tengan una sentencia firme con la condición de cosa juzgada o estén en proceso de ejecución de sentencia, ya sea con pena privativa de libertad efectiva o suspendida, por delitos originados en su participación en la lucha antiterrorista entre los años 1980 y 2000.
Para acceder a esta amnistía, es un requisito que los beneficiarios no hayan sido condenados por delitos de terrorismo o de corrupción de funcionarios. La presidenta Dina Boluarte promulgó ayer esta norma, durante una ceremonia en el Palacio de Gobierno.
Foto Andina
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