El Poder Judicial revocó la sentencia que absolvía al exasesor presidencial Vladimiro Montesinos y a los miembros del Grupo Colina por el asesinato del líder sindical Pedro Huilca Tecse en diciembre de 1992, durante la dictadura de Alberto Fujimori.
Según la resolución a la que tuvo acceso el portal Infobae, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema ha ordenado un nuevo juicio para Vladimiro Montesinos, Juan Nolberto Rivero Lazo y Federico Navarro Pérez como presuntos autores mediatos, así como para los exColina Santiago Enrique Martin Rivas, Julio Chuqui Aguirre, Jesús Antonio Sosa Saavedra, Nelson Rogelio Carbajal García y Wilmer Yarlequé Ordinola como presuntos autores directos. El delito imputado es homicidio calificado en un contexto de lesa humanidad.
La Corte Suprema anula la absolución de Vladimiro Montesinos y del Grupo Colina por el asesinato del líder sindical Pedro Huilca.
La Sala Penal Transitoria ordenó un nuevo juicio contra el ‘Doc’ y los exmiembros del destacamento paramilitarhttps://t.co/qjZPeYHx65— Diego Casimiro Ore (@maagnetar) July 1, 2026
Además, se ordena un nuevo juicio para Nicolás de Bari Hermoza Ríos, exjefe del Comando Conjunto, y Julio Rolando Salazar Monroe, exjefe del SIN. No obstante, Hermoza Ríos ha sido declarado incapaz procesalmente por la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional debido a demencia senil, mientras que Salazar Monroe falleció en 2024.
Este nuevo juicio será gestionado por un grupo diferente al de la Cuarta Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria, que previamente había absuelto a Montesinos y sus asociados.

En 2023, dicha sala absolvió a Montesinos y al Grupo Colina alegando falta de pruebas suficientes para vincularlos con el asesinato de Pedro Huilca y argumentando que el régimen de Fujimori no tenía motivos para asesinar al líder sindical.
Sin embargo, la Corte Suprema sostiene que la valoración del contexto del crimen y las pruebas fue incorrecta por parte de la Sala Superior. Por ejemplo, señala que esta analizó el móvil del crimen de forma aislada, enfocándose solo en el supuesto intercambio entre Huilca y Fujimori en 1992, sin considerar si la actividad sindical de Huilca representaba una amenaza para el régimen.
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Además, los jueces supremos critican que la Sala Superior concluyera que el Grupo Colina había dejado de operar para diciembre de 1992. Argumentan que se ignoraron declaraciones de exmiembros del grupo que afirmaban que seguían operando bajo necesidad específica.
También se cuestiona que la Sala Superior haya limitado la actividad del Grupo Colina a eliminar terroristas cuando existen sentencias previas que indican asesinatos selectivos de personas incómodas al régimen.
Julio Arbizu recuerda quién era Jesús Sosa, alias «Kerosene», uno de los más sanguinarios del Grupo Colina. El testimonio de Sosa es la fuente principal de la película «Cantuta, la orden secreta».
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El fallo también se refiere a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos donde Perú reconoció la participación estatal en el crimen de Pedro Huilca y se comprometió a esclarecer los hechos y sancionar a los culpables.
Por todo esto, la Sala Penal Transitoria ha decidido anular la absolución y ordenar un nuevo juicio oral a cargo de otro colegiado. Los jueces supremos aclaran que no están imponiendo una interpretación específica de las pruebas presentadas por la Fiscalía, sino que estas deben ser examinadas en su totalidad y con detalle.
Texto: WSV / Con información de Infobae
Foto: Composición
Video: Canal YouTube Wayka
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