El Poder Judicial confirma: presidente José Jerí debe ir a terapia por patología psicosexual

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El Poder Judicial confirmó que el presidente interino José Jerí está obligado a seguir el tratamiento psicológico por su condición de patología psicosexual, el cual le fue ordenado en enero de 2025 después de ser denunciado por presunta violación sexual. Así lo determinó la jueza Sonia Tello al aceptar los argumentos de la defensa de Jerí y anular el acto de notificación de la resolución que concedía medidas de protección a la víctima. Este fallo se debió a que, según lo manifestado por la defensa del mandatario, dicha resolución no fue comunicada correctamente. No obstante, la anulación del acto de notificación no implica que las medidas de protección establecidas en contra de Jerí hayan quedado sin efecto.

 

 

 

En la resolución, a la que tuvo acceso la prensa, se establece que el denunciado debe cumplir con las terapias psicológicas ordenadas en la Resolución Nº 1 del 15 de enero de 2025. Además, se aclara que Jerí tiene el derecho, si no está conforme con este dictamen, de presentar los recursos de impugnación permitidos por la normativa procesal vigente.

 

 

La jueza señaló que aunque el secretario judicial aseguró haber notificado a Jerí a través de WhatsApp, no existe evidencia documental que confirme este procedimiento. Asimismo, se constató que, aunque el fallo fue enviado a la casilla electrónica del abogado del denunciado, dicho abogado no había sido acreditado ante el Juzgado, sino únicamente ante la Fiscalía.

José Jerí apeló a su calidad de congresista para intentar evitar las medidas de protección impuestas en su contra. Según su defensa, argumentó que el Juzgado Civil de Canta carecía de competencia para procesarlo, siendo esta atribución exclusiva de la Fiscalía de la Nación y la Corte Suprema.

 

 

Sin embargo, la jueza Sonia Tello fue categórica al aclarar que la inmunidad parlamentaria es válida únicamente en procesos penales relacionados con delitos vinculados a la función legislativa y no aplica en procesos de naturaleza tutelar o familiar. En este caso específico, se encuentran en cuestión medidas de protección ante actos de violencia contra mujeres y miembros del grupo familiar.

La magistrada también subrayó que la inmunidad parlamentaria no puede ser utilizada como argumento para evitar procedimientos jurisdiccionales distintos, los cuales tienen como objetivo garantizar derechos fundamentales como la integridad física, psicológica y sexual.

 

 

Con ello, la jueza remarcó que la competencia del Juzgado de Familia para dictar medidas de protección permanece firme y no puede ser limitada por el cargo de congresista del denunciado.

José Jerí tiene un plazo máximo de 15 días para cumplir con las terapias psicológicas impuestas y ya no se admiten más excusas al respecto. Ha recibido una notificación válida y ha reconocido formalmente estar al tanto del fallo al haberlo apelado.

 

Texto: WSV
Foto: Composición

 

 

 

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José Jerí era seguidor en Instagram de más de 300 cuentas de contenido sexual explícito