La Corte Suprema de Justicia ha ratificado que la pesca industrial está prohibida en las Áreas Naturales Protegidas del Perú. Esta decisión se produjo al declarar infundada la demanda presentada por la Sociedad Nacional de Pesquería (SNP) contra el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp). Con este fallo, se pone fin a un extenso proceso judicial, fortaleciendo el marco legal para la protección del medio ambiente en estas áreas.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema confirmó el fallo que rechaza la demanda de la Sociedad Nacional de Pesquería. Pedían anular la prohibición de pesca industrial en Áreas Naturales Protegidas, como la Reserva Nacional de Paracas pic.twitter.com/dIV6X1ooCT
— Diego Casimiro Ore (@maagnetar) January 15, 2026
La Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema confirmó la resolución emitida el 30 de mayo de 2024 por la Segunda Sala Constitucional de Lima, que había rechazado una acción popular impulsada por la SNP. Dicha acción cuestionaba el literal c) del artículo 6.2 de la Directiva N.° 006-2021-SERNANP-DGANP, que prohíbe cualquier tipo de extracción masiva de recursos hidrobiológicos, ya sean marinos o continentales, dentro de las Áreas Naturales Protegidas, sin considerar variación en su categoría.
🚨Corte Suprema confirmaría que la pesca industrial está prohibida en áreas naturales protegidas
▪️La Sociedad Nacional de Pesquería (SNP) buscaba eliminar la prohibición de la pesca a mayor escala en áreas protegidas.https://t.co/9ws9yF9XZd pic.twitter.com/8DgEFYWFCW— Actualidad Ambiental (@actualidadspda) January 14, 2026
La SNP argumentaba que la legislación vigente permitía actividades extractivas en zonas de uso directo dentro de estas áreas, y alegaba que la directiva los privaba injustamente de este derecho. Adicionalmente, planteó que la norma no había sido debidamente publicada y que entraba en conflicto con normativas ambientales posteriores, como el decreto que autorizó la pesca a gran escala en la Reserva Nacional Dorsal de Nasca.
Sin embargo, la Segunda Sala Constitucional de Lima desestimó estos argumentos en su fallo del 30 de mayo de 2024. Ante esta resolución, la SNP interpuso una apelación que ahora ha sido definitivamente rechazada por la Corte Suprema.
🔍 ⚠️ Corte Suprema: se mantiene la prohibición de la pesca industrial en áreas naturales protegidas
El fallo se produce tras la demanda de la Sociedad Nacional de Pesquería, que buscaba eliminar la restricción vigente por más de 20 años en favor de actividades industriales en…
— Política y Economía La República (@Politica_LR) January 16, 2026
Con este fallo final, se cierra cualquier discusión legal sobre la posibilidad de permitir actividades de pesca industrial dentro de parques nacionales, reservas y otras Áreas Naturales Protegidas del país. La decisión es irrevocable y refuerza el papel del Sernanp como la entidad responsable de garantizar la protección de estos espacios destinados a la conservación, investigación científica y manejo sostenible, dejando claro que no serán usados para explotación a gran escala.
Texto: WSV
Foto: Composición
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