Poder Judicial anula resolución del JNE y ordena la inscripción de Unidad Popular

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El Tercer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima anuló la resolución del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que había descartado ejecutar un mandato judicial a favor del partido Unidad Popular (UP), liderado por Duberlí Rodríguez, permitiendo su participación en las elecciones generales de 2026.

En su decisión, el tribunal instruyó al pleno del JNE cumplir con lo establecido en la Resolución Nº 1, emitida el 31 de julio de 2025, fijando un plazo máximo de dos días hábiles para su acatamiento.

 

 

El incumplimiento de esta orden podría acarrear multas individuales y progresivas de 5 URP para cada miembro del colegiado, además de remitir el caso al Ministerio Público para que evalúe acciones según sus competencias.

Asimismo, se ordenó al jefe de la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), Felipe Andrés Paredes San Román, proceder en conformidad con el fallo, bajo el riesgo de recibir una sanción económica similar y enfrentar la posibilidad de un procedimiento disciplinario que podría culminar en su destitución. En caso de desobediencia, el caso también sería remitido al Ministerio Público.

 

 

Luego de que se hiciera público el fallo, Unidad Popular instó a la Dirección Nacional del ROP a respetar las disposiciones judiciales y actuar de manera imparcial, solicitando que no continúe perjudicando a la agrupación política.

Este conflicto tuvo su origen el 31 de julio, cuando el Poder Judicial ordenó al JNE reconocer la inscripción de la plataforma izquierdista, argumentando que en el momento de su solicitud todavía estaba vigente el artículo 96 de la Ley Orgánica de Elecciones. Sin embargo, a principios de agosto, el JNE declaró inejecutable esa disposición, bloqueando así la inscripción provisional del partido.

 

 

Texto: WSV
Foto: Composición

 

 

 

 

 

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