El Poder Judicial rechazó la solicitud de tutela interpuesta por la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, mediante la cual pretendía paralizar temporalmente los alcances de la decisión emitida por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que ordena el regreso de Patricia Benavides al puesto.
El magistrado Juan Torres Tasso también descartó una segunda solicitud principal del recurso interpuesto por Espinoza Valenzuela, que perseguía el reconocimiento de validez del acuerdo adoptado por la Junta de Fiscales Supremos que la nombró en el cargo. De acuerdo con el juzgador, no se satisfacen las condiciones establecidas en los artículos 18 y 19 del Código Procesal Constitucional.
Asimismo, el juzgador denegó la petición de Espinoza para paralizar los procesos disciplinarios que la JNJ podría emprender contra ella por objetar la resolución que dispone el regreso de Benavides. La fundamentación fue que dicha paralización restringiría las competencias constitucionales de la Junta Nacional de Justicia.
Argumentos judiciales sobre validez de actos administrativos
La decisión judicial establece que no existen elementos de prueba que acrediten que el acuerdo de la JNJ carece de firmas válidas, por lo que se aplica el principio de presunción de licitud de los actos administrativos. También se precisa que, conforme al reglamento de dicha institución, solo su presidente está facultado para firmar la resolución en representación del pleno.
Congreso: declaran procedente denuncia contra la fiscal de la Nación, Delia Espinoza
En relación con la alegación sobre la interrupción del mandato de tres años de Espinoza, el juez sostuvo que no se justifica una medida cautelar porque, al momento de evaluar la solicitud, Patricia Benavides aún se encontraba suspendida por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria. Por tanto, no había peligro en la demora.
Defensa apela decisión judicial
Por último, se informó que la defensa legal de Delia Espinoza apeló esta decisión el 31 de julio. El caso será derivado a una de las Salas Constitucionales de Lima, que deberá decidir si confirma el fallo o concede la medida cautelar solicitada.
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