Boluarte promulga controvertida ley: corruptos podrán quedarse con los bienes ilícitos

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Dina Boluarte promulgó la ley con modificaciones a la extinción de dominio, pese a que el Ministerio de Justicia advirtió del perjuicio para el Estado porque no podrá recuperar lo mal habido por la corrupción.

Este beneficio para la corrupción se inició el pasado 10 de abril, cuando el Congreso aprobó el dictamen que modificaba la extinción de dominio. Y si bien el Ejecutivo tenía hasta el 22 de mayo para observar la autógrafa, decidió aprobarla ya.

Fueron tres veces las que el Ministerio de Justicia advirtió al Gobierno y a los peruanos, sobre los riesgos de modificar esta ley. Iniciativa que rechazaron las instituciones del sistema de justicia. Tanto el Ministerio Público como el Poder Judicial.

 

 

¿Por qué se oponía el Ministerio de Justicia?

El Ministerio de Justicia, en un primer comunicado en diciembre de 2024, explicó que la extinción de dominio «es una herramienta legal clave para recuperar bienes obtenidos de manera ilícita y destinarlos al servicio de la ciudadanía». Y advirtió que con la modificación aprobada por el Congreso, se retornaría al sistema de pérdida por parte del Estado, cuando el Pronabi, “administra los bienes recuperados, «destinándolos al beneficio de miles de peruanos».

«Este sistema no solo asegura que los bienes ilícitos sean retirados del circuito delictivo, sino que también convierte esos recursos en oportunidades para el progreso del país. Perder esta capacidad afectaría directamente a las comunidades que más necesitan de estas iniciativas», decía el documento.

 

 

En febrero de 2025 en un segundo comunicado, el Minjus rechazó los intentos de limitar los alcances de la ley que regía antes, porque de aprobarse los cambios, se «beneficiaría directamente a organizaciones criminales y delincuentes que adquieren bienes que son utilizados para sus actividades ilícitas en perjuicio de la sociedad», sustentaban.

Y en abril de este año también, el Ministerio de Justicia hizo un llamado al Congreso para «reconsiderar la votación del dictamen» debido a que la modificación es contraria al artículo 53° ‘Medidas para la recuperación directa de bienes’ de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción que el Perú suscribe, y es contraria con la cuarta recomendación ‘Decomiso y medidas provisionales’ del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). El dictamen que aprobó el Congreso y que ahora es ley, gracias al Ejecutivo, pone en riesgo el proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

 

 

Fiscalía presentará demanda de inconstitucionalidad contra modificaciones

Como lo dijo en abril, el fiscal adjunto supremo titular Mirko Cano, coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, que de promulgarse la modificación a dicha herramienta legal, su institución presentará una acción de inconstitucionalidad contra la norma ante el Tribunal Constitucional (TC).

«Presentaremos la acción, esta norma es inconstitucional, pero usted sabe los efectos. Con una ley promulgada, ¿los fiscales qué tenemos que hacer? Cumplirla. ¿Qué tenemos que hacer? Archivar. ¿Qué tenemos que hacer? Entregar los bienes. En otras palabras, se perdió todo lo que habíamos avanzado en todo este tiempo», cuestionó.

 

 

Si bien «toda ley y toda norma es perfectible», pues se debe «ir mejorando lo que es proporcionalidad, lo que es razonabilidad, lo que es establecer qué se trata o jurisprudencialmente qué es la buena fe», «¿cómo pueden atacar al mejor sistema que está dando buenos resultados con sentencias y recuperación de activos ilícitos? Lo atacan y lo dejan moribundo», manifestó.

La norma que impulsó el Congreso fue publicada este viernes en el diario oficial El Peruano con las firmas de la presidenta, Dina Boluarte, y del presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.

 

 

Texto: WSV
Foto: Composición

 

 

 

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