El cuestionado Registro de Infieles: los graves problemas legales y éticos de la era digital

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El Registro Nacional de Infieles (RNI) y su sucesora, el Registro Público de Infidelidad en Perú (RPI), han generado un debate que trasciende el morbo inicial. Lo que comenzó como un Excel viral denominado «la lista negra de las girls» se transformó en plataformas web que acumulan más de 11,000 registros con nombres, edades y testimonios de supuestos infieles. El fenómeno, replicado en Chile, Colombia y México, ha obligado a las autoridades peruanas a pronunciarse sobre los graves riesgos jurídicos y sociales que estas iniciativas implican.

⚖️ Violaciones a la legislación peruana sobre datos personales

La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) advirtió que estas plataformas vulneran la Ley 29733, que establece el derecho fundamental a la protección de datos personales. La difusión de información sin consentimiento expreso constituye una infracción administrativa grave que puede derivar en multas y procesos penales. El artículo 5 de esta ley establece claramente que toda persona tiene derecho a que sus datos personales sean tratados de forma confidencial y solo puedan ser suministrados a terceros con su autorización.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) fue más contundente: señaló que algunas versiones de estos registros solicitan pagos para eliminar información, configurando el delito de extorsión contemplado en el artículo 200 del Código Penal peruano. Además, la exposición pública de identidades sin verificación vulnera el artículo 2, inciso 7 de la Constitución Política del Perú, que protege el honor, la buena reputación y la intimidad personal. Las autoridades instaron a no participar en la difusión de estos contenidos y a reportar casos al correo protegetusdatos@minjus.gob.pe.

🔍 Justicia digital: cuando la venganza reemplaza al debido proceso

Desde una perspectiva filosófica, el RNI representa una forma de justicia vindicativa que cortocircuita las instituciones formales. Se trata de un mecanismo de control social horizontal donde los ciudadanos se convierten en vigilantes, jueces y verdugos simultáneamente, sin garantías procesales. Esta «justicia popular digitalizada» evidencia una profunda desconfianza en las instituciones estatales para regular la vida privada, pero reproduce lógicas punitivas premodernas adaptadas al medio digital.

El fenómeno revela una transformación antropológica significativa: la intimidad como categoría protegida se erosiona frente a una ética de transparencia radical. Lo que tradicionalmente pertenecía al ámbito privado se convierte en «información de interés público» bajo una lógica autoarrogada del «derecho a saber». Las plataformas funcionan como formas de ostracismo digital, reminiscentes del escarnio público medieval, pero con la amplificación y permanencia que otorga internet.

Otro problema crucial es epistemológico: ¿cómo se verifica la veracidad de una acusación de infidelidad? Estas plataformas operan bajo una lógica de verosimilitud narrativa más que de verificación empírica. La «prueba» es performativa: el relato convincente, los comentarios de apoyo, la cantidad de «me gusta». Se trata de un régimen de verdad social basado en consenso viral, que compite con la verdad jurídica fundamentada en prueba y debido proceso.

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🧠 El sujeto reducido a dato: implicaciones antropológicas

Estas listas revelan una concepción simplificadora del ser humano: el sujeto queda reducido a su acto moral más reprochable, eternizado digitalmente sin posibilidad de redención o contexto. Es una ontología que convierte personas en registros inmutables, negando la complejidad de las relaciones humanas y la capacidad de cambio. Esta cosificación digital representa un retroceso antropológico donde la identidad queda fijada a un momento específico, ignorando la temporalidad y la multidimensionalidad del ser humano.

El caso también evidencia dinámicas de género complejas. Surgido inicialmente como herramienta de empoderamiento femenino contra prácticas machistas, el fenómeno se expandió rápidamente a versiones que incluyen todos los géneros («Candylandia», «Registro de Mozas»), terminando por reproducir las mismas lógicas punitivas que supuestamente combatía. Esto demuestra cómo las redes sociales funcionan como nuevas ágoras donde se negocian normas morales, pero sin las estructuras deliberativas que permitirían un debate genuino sobre principios éticos.

La paradoja fundamental del RNI es su carácter sintomático: refleja una sociedad que busca mecanismos de justicia moral fuera del Estado por desconfianza institucional, pero lo hace mediante prácticas que violan derechos fundamentales consagrados constitucionalmente. Se usa tecnología hipermoderna para ejecutar control social arcaico, generando zonas de anomia donde la violencia simbólica —y potencialmente física— encuentra espacios de impunidad. El desafío jurídico y ético es cómo canalizar las legítimas demandas de transparencia y responsabilidad en las relaciones interpersonales sin sacrificar garantías fundamentales como la presunción de inocencia, el debido proceso y la protección de datos personales que sustentan un Estado de derecho.

Los ciudadanos que requieran información sobre cómo proteger sus datos personales, pueden escribir al correo protegetusdatos@minjus.gob.pe.

Foto: MINJUSDH