Estado de emergencia: prórroga no suspende eventos nocturnos

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El Ejecutivo extendió por 60 días calendario el estado de emergencia en los distritos de San Martín de Porres y San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; junto a los distritos de Sullana, Bellavista, Marcavelica, Salitral, Querocotillo, Ignacio Escudero y Miguel Checa, provincia de Sullana, del departamento de Piura.

La medida se oficializó mediante Decreto Supremo 126-2023-PCM, publicado la noche del miércoles en una edición extraordinaria de El Peruano.

La prórroga rige desde este 19 de noviembre del 2023, fecha en que vence el estado de emergencia declarado por el Ejecutivo el pasado 19 de setiembre del 2023 en los referidos distritos de Lima y Piura.

Durante la ampliación del estado de excepción se aplica lo establecido en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.

El presente decreto supremo, a diferencia del dispositivo legal que declaró el estado de emergencia en las jurisdicciones mencionadas, no establece la suspensión, desde las 00:00 horas hasta la 04:00 horas, de los eventos sociales y espectáculos.

La norma señala que la Policía Nacional mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, para lo cual la institución policial determina las zonas donde se requiera este apoyo.

Se consigna, además, que la intervención de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas en las jurisdicciones mencionadas se regirá por lo dispuesto, respectivamente, en los decretos legislativos 1186 y 1095, reglamentado este último por el Decreto Supremo 003-2020-DE.

RG- Foto Andina

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