El hostigamiento sexual en el ámbito laboral sigue siendo una problemática preocupante que afecta la dignidad y los derechos de los trabajadores en el Perú. Entre enero de 2025 y mediados de febrero, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recibió 241 denuncias relacionadas con este tipo de conductas, siendo los sectores de restaurantes y call centers los más afectados.
Durante este mismo periodo, en el marco del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS), se emitieron 79 resoluciones de multa en primera y segunda instancia. Estas sanciones alcanzaron un monto total de S/ 1,966,924, lo que pone en evidencia la seriedad con la que las autoridades laborales están enfrentando esta problemática.
#NotaDePrensa | Sunafil recibió 241 denuncias por casos de hostigamiento sexual en el último año
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Según el abogado laboralista Juan Valera, el hostigamiento sexual laboral incluye actos de naturaleza sexual que pueden ser físicos, verbales o virtuales, así como conductas sexistas destinadas a reforzar estereotipos o prejuicios de género. Además, enfatizó que para configurar este tipo de falta no es necesario que las conductas se repitan o que la víctima manifieste una negativa directa.
Este tipo de situaciones puede darse tanto entre superiores y subordinados —en ambas direcciones— como entre compañeros del mismo nivel jerárquico. Incluso pueden ocurrir fuera del lugar o del horario habitual de trabajo, por ejemplo, durante eventos corporativos, siempre que exista un vínculo laboral como contexto.
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❗De enero del 2025 hasta la fecha, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha reportado 241 denuncias por hostigamiento sexual en el trabajo.
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Sunafil considera estas conductas como actos de violencia e infracciones insubsanables. Por ello, exige a las empresas activar mecanismos inmediatos de protección que incluyan la implementación de medidas en un plazo máximo de tres días hábiles, atención médica y psicológica en un día hábil y la conclusión de las investigaciones internas en un plazo de 15 días calendario.
Las sanciones por no cumplir con estas disposiciones son consideradas como muy graves y oscilan entre S/ 1,265 y S/ 288,915. Hasta el momento, las multas ya impuestas suman un total de S/ 1,966,924.
Texto: WSV
Foto: Sunafil
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