El personal de empresas privadas y entidades estatales que trabaje el domingo 7 de junio, fecha de los comicios, o que resida lejos de su centro de votación, contará con facilidades horarias y licencias para sufragar en la Segunda Elección Presidencial 2026.
De acuerdo con el Decreto Supremo 007-2026-TR, difundido en las normas legales de El Peruano, los empleados que cumplan funciones en regiones diferentes a su local de sufragio están autorizados a no asistir a sus puestos los días viernes 5, sábado 6, domingo 7 y lunes 8 de junio de 2026.
🗳️ Facilidades para sufragar y devolución de horas
En las compañías privadas, este beneficio aplica si el empleado demuestra que acudió a las urnas. La devolución del tiempo libre se fijará de mutuo acuerdo entre la empresa y el subordinado para asegurar la reposición de las jornadas ausentes.
Por su parte, las instituciones estatales implementarán los mecanismos requeridos para no afectar la atención de los servicios públicos esenciales, estableciendo el método de recuperación de las horas según los requerimientos de cada organismo.
Del mismo modo, el reglamento estipula que quienes deban cumplir funciones este 7 de junio dispondrán de márgenes de tolerancia recuperables, ya sea al comenzar o durante su horario de labores, con el fin de emitir su voto.
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🧑⚖️ Descanso para miembros de mesa y firmas oficiales
Si los ciudadanos desempeñan el rol de miembros de mesa, quedan eximidos de asistir a trabajar el día de la segunda vuelta electoral.
El dispositivo legal cuenta con la rúbrica del presidente de la República, José María Balcázar; del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Freddy Solano González, y del ministro de Ministro de Transportes y Comunicaciones, Aldo Martín Prieto Barrera, encargado del despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Foto ONPE
